La Corte Suprema declaró inconstitucional el índice que utiliza la ANSeS para actualizar los haberes jubilatorios, a partir de un reclamo que había efectuado un jubilado.

En un fallo adverso para el Gobierno, el único magistrado que votó el contra fue fue el presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz.

Así, el máximo tribunal hizo lugar a una demanda presentada por Lucio Orlando Blanco, que se jubiló en 2003 y reclamaba la implementación del sistema que existía antes de que se sancionara la denominada Reparación Histórica.

Se trata del Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) que fue priorizado frente al indicador llamado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que comenzó a utilizar más tarde la ANSeS y que hoy la Corte declaró inconstitucional.

La causa que llegó hasta la Corte Suprema se inició a partir del reclamo de Lucio Orlando Blanco, que se jubiló en el 2003 y comenzó una disputa legal con el Estado por la actualización de sus haberes. El hombre ganó aquel juicio en su momento, pero ahora se discute qué índice debe aplicar el Gobierno para hacer efectivo el pago de los incrementos.

La Sala II de la Cámara de la Seguridad Social falló a favor de Blanco y ordenó que se utilice el sistema ISBIC, pero la ANSeS apeló esa decisión y advirtió que está en riesgo la sustentabilidad del organismo previsional.

Si bien la Corte emitirá un fallo que afectará solamente a este caso en particular, el texto sentará jurisprudecia y podría extenderse a otros 150 mil jubilados.

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