La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó hoy al juez federal Alejo Ramos Padilla al frente de la investigación por espionaje ilegal, que tiene detenido al falso abogado Marcelo D´Alessio y en situación de “rebeldía” al fiscal federal Carlos Stornelli.

El fallo fue por unanimidad, firmado por los camaristas Eduardo Jiménez, Alejandro Taza y Bernardo Bibel.

La resolución de la Cámara de Mar del Plata establece que Ramos Padilla “continúe provisoriamente” a cargo de la investigación. La clave es que, para los jueces, es prematuro tomar una decisión final sobre la competencia de esta causa hasta que no esté claro su objeto procesal, es decir, qué se investiga. Vale recordar que este escándalo se inició con la denuncia del empresario agropecuario Pedro Etchebest, quien fue extorsionado por D’Alessio en nombre de Stornelli para beneficiarlo en la causa de las fotocopias.

Sin embargo, el allanamiento que el juez Ramos Padilla realizó en el domicilio de D’Alessio modificó el panorama. Lo que se inició con una extorsión derivó a que en la causa del espía ilegal se encontraran abundantes materiales de operaciones de inteligencia y de espionaje ilegales, realizadas por una red que incluye a ex comisarios bonaerenses como Ricardo Bogoliuk y Aníbal Degastaldi, espías como Rolando Barreiro, fiscales como Carlos Stornelli y Juan Ignacio Bidone, jueces como Claudio Bonadio, miembros del Gobierno como Elisa Carrió y Patricia Bullrich, periodistas como Daniel Santoro y hasta el vendedor de armas Mario Montoto, entre otros.

Los jueces Jimenez, Tazza y Bibel (que es de Necochea pero intervino para, según allegados a la causa, darle más fuerza a la decisión) establecieron que la investigación quede, por ahora, en manos de Ramos Padilla y que, además, esta causa no debe dividirse. El juez que investigue esta oscura trama debe hacerlo en su conjunto para poder comprender las relaciones, tejes y manejes de la banda integrada por D’Alessio y sus compinches. Un tercer punto es que le indican a Ramos Padilla que defina rápido el objeto y lugar de la investigación y recalcan que esta decisión se puede modificar en el futuro.

Los jueces Jimenez, Bibel y Tazza advierten que su decisión de mantener provisoriamente a Ramos Padilla al frente de esta causa no se basa en las públicas sospechas que hay sobre el interés de que la causa se radique en Comodoro Py para que Stornelli y el Gobierno puedan manipularla. En su lenguaje, escriben: “Resultaría casi temerario convalidar la asignación de competencias territoriales por el simple hecho de presumir desviaciones indebidas de las normas constitucionales y legales por parte de un sector judicial en aras de supuesta protección de otros intereses sectoriales, políticos o corporativos por fuera de la contracción a definir una controversia judicial específica”. El sólo hecho de que tuvieran que aclararlo muestra los niveles de promiscuidad que son vox populi en los pasillos judiciales.

Los jueces aclararon que esta resolución es la primera en la que resuelven sobre la competencia, es decir, sobre a qué juzgado le corresponde investigar esta causa. En anteriores intervenciones, en las que también confirmaron a Ramos Padilla, se resolvían otro tipo de cuestionamientos, principalmente impulsados por Stornelli.

El fallo resalta la investigación de Ramos Padilla y sus derivaciones, y deja entrever que no sería bueno que se dividiera “so riesgo de atomizar el presente proceso penal, lo que haría perder la eficacia a la investigación que aquí se lleva adelante o –cuanto menos– conspiraría contra su buen desarrollo”. En esto son taxativos: “consideramos que deberá ser ‘solo uno’ el juzgado que debe participar en la investigación en su conjunto”.

Los jueces destacan la dificultad de determinar el lugar donde se cometieron los delitos cuando se trata de una investigación tan compleja, llena de aristas y líneas de trabajo que abarcan múltiples personajes y lugares. A su vez, citan jurisprudencia respecto de que para establecer la competencia de una causa debe ser claro su objeto procesal, es decir, qué es lo que se investiga. “Ahora bien – señalan-, cuando ello no resulta del todo posible, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y esta misma Alzada, han declarado que, en esos casos, la declaración de incompetencia territorial en la sede judicial interviniente ‘(…) resulta prematura, debiendo el titular del Juzgado continuar con los obrados, y realizar la investigación correspondiente a fin de determinar los hechos y, por ende, la competencia territorial para su investigación y, eventualmente, realizar un nuevo examen de la cuestión planteada’”. Más adelante ratifican: “la controversia aquí suscitada resulta prematura para ser tratada en forma definitiva”.

 

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